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11 de mayo de 2020

INDECOPI prorroga la suspensión de los plazos administrativos y fija nuevas fechas para su cómputo

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (“INDECOPI”), mediante comunicado de fecha 6 de mayo de 2020, publicado en la web institucional, dispuso prorrogar la suspensión de los plazos administrativos de acuerdo al siguiente detalle:

1. Para el caso de los procedimientos administrativos sujetos a silencio positivo y negativo, que incluye a los procedimientos sancionadores en segunda instancia conforme al artículo 199.6 del TUO de la Ley No 27444, se extiende la suspensión de plazos hasta el 20 de mayo de 2020

2. Para los procedimientos sancionadores de primera instancia, se extiende la suspensión de plazos hasta el 27 de mayo de 2020.

3. Los plazos de inicio y tramitación de los procedimientos administrativos y procedimientos de cualquier índole – incluyendo a los Procedimientos Concursales -, incluso los regulados por leyes y disposiciones especiales que se encuentren previstos en el artículo 28 del Decreto de Urgencia No. 029’2020, se suspenden hasta el 27 de mayo de 2020.

Sin embargo, como producto de la ampliación del estado de emergencia hasta el 24 de mayo de 2020, ordenada por el Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo No. 083-2020 -PCM publicado en el Diario Oficial El Peruano el 10 de mayo de 2020, el INDECOPI podría prorrogar nuevamente los plazos antes mencionados.

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