Mailing tributario
alt_text

Primera Quincena – Septiembre 2020

Criterio de interpretación


LA SUNAT OPINA RESPECTO DEL DEVENGO DE LAS COMISIONES DE ESTRUCTURACIÓN

Mediante el Informe No. 043-2020-SUNAT/7T0000, publicado el 7 de septiembre de 2020, la SUNAT concluye que el ingreso por comisión de estructuración que cobra una entidad financiera con ocasión del desembolso de los denominados préstamos estructurados se devenga en el ejercicio en que se culmina el servicio...

LA SUNAT PRECISA QUE NO SE PIERDE LA INAFECTACIÓN TRIBUTARIA DE LAS UNIVERSIDADES Y LOS CENTROS EDUCATIVOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DISTINTOS A LOS DE SU FINALIDAD EDUCATIVA Y CULTURAL

La SUNAT precisa que la inafectación tributaria prevista en el artículo 19 de la Constitución —que establece que las universidades, institutos superiores y demás centros educativos gozan de la inafectación de todo impuesto que afecte los bienes, actividades y servicios que correspondan a su finalidad educativa y cultural— no se pierde...

LA SUNAT SE PRONUNCIA SOBRE LA ATRIBUCIÓN DE RENTAS A LOS PARTÍCIPES DE UN FONDO DE INVERSIÓN

Mediante el Informe No. 066-2020-SUNAT/7T0000, publicado el 10 de setiembre de 2020, se precisó que las rentas empresariales de fuente peruana que obtenga un Fondo de Inversión, de forma adicional a las rentas pasivas de dicha fuente, deberán  atribuirse a sus partícipes que sean personas naturales, en forma diferenciada... 

LA SUNAT OPINA SOBRE LA FACULTAD DE LA ADMINISTRACIÓN PARA EMITIR PRONUNCIAMIENTO RESPECTO DE LA VERACIDAD Y EXACTITUD DE LOS DATOS CONTENIDOS EN LAS DECLARACIONES JURADAS RECTIFICATORIAS

Mediante el Informe No. 071-2020/7T0000, publicado el 9 de septiembre de 2020, la SUNAT determina que la facultad de la Administración Tributaria para emitir pronunciamiento sobre la veracidad y exactitud de los datos contenidos en las declaraciones rectificatorias que determinan menor obligación tributaria tiene distinta naturaleza y alcance respeto de la facultad de determinación...

 
 
alt_text

Av. José Larco 1301 Piso 20.

Torre Parque Mar

Miraflores, Lima - Perú

Teléfono

+51 1 610 4747

mafirma.pe

alt_text alt_text

Toda la información proporcionada en esta comunicación, si bien es de elaboración propia, no debe ser tomada como una opinión y/o asesoría legal del Estudio Miranda & Amado Abogados y/o de cualquiera de sus miembros. Se encuentra prohibida cualquier reproducción total o parcial y/o cualquier otra forma de explotación de los textos difundidos en esta comunicación, sea que se encuentren o no protegidos bajo las normas de derecho de autor. Sobre estos textos, así como sobre cualquier signo distintivo que aluda a Miranda & Amado Abogados y/o sus actividades, Miranda & Amado Abogados cuenta con todos los derechos de exclusiva que le reconoce la ley.